Calcular IRPF 2026

Actualizado:

Tramos del IRPF en 2026: cuánto pagas realmente

Cada año, millones de contribuyentes en España se enfrentan a la misma pregunta: ¿cuánto me quedo después de impuestos? Esta calculadora te da la respuesta en segundos, con el desglose completo por tramos, la cuota estatal y autonómica separadas, y la distinción entre tipo marginal y tipo efectivo que tanto confunde en las conversaciones de oficina.

El IRPF es un impuesto progresivo regulado por la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. "Progresivo" significa que no se aplica un porcentaje fijo a todos tus ingresos: los primeros euros tributan menos que los últimos. Es un sistema de tramos escalonados, y entenderlo es la diferencia entre pensar que "Hacienda se lleva la mitad" y saber exactamente cuánto pagas.

Los tramos del IRPF 2026 (parte estatal)

La escala estatal del IRPF para la renta general (rendimientos del trabajo y actividades económicas) se estructura en los siguientes tramos:

  • Hasta 12.450 euros: 9,50%
  • De 12.450 a 20.200 euros: 12,00%
  • De 20.200 a 35.200 euros: 15,00%
  • De 35.200 a 60.000 euros: 18,50%
  • De 60.000 a 300.000 euros: 22,50%
  • Más de 300.000 euros: 24,50%

A estos tipos hay que sumar la parte autonómica, que varía según la comunidad en la que residas. La suma de ambos tramos da los tipos totales que van desde el 19% en el primer tramo hasta el 47% en el último. Esta calculadora usa los tipos autonómicos medios para ofrecer una estimación representativa.

Tipo marginal vs. tipo efectivo: la confusión más común

"Si gano 40.000 euros, ¿me aplican el 37%?" No. El tipo marginal del 37% solo se aplica a la porción de renta que cae dentro de ese tramo (de 35.200 a 60.000 euros). Los primeros 12.450 euros tributan al 19%, los siguientes al 24%, y así sucesivamente.

El tipo efectivo es el que realmente importa: es el porcentaje total que pagas sobre todos tus ingresos. Para un salario de 40.000 euros brutos anuales, el tipo efectivo se sitúa en torno al 19-21%, muy lejos del 37% marginal. Esta calculadora te muestra ambos tipos para que tengas la imagen completa.

El mínimo personal y familiar

Antes de aplicar los tramos, la ley reconoce una parte de tu renta que no debe tributar porque se destina a cubrir las necesidades básicas. Es el mínimo personal y familiar (artículos 57 a 61 de la Ley del IRPF):

  • Mínimo del contribuyente: 5.550 euros (general). Se incrementa a partir de los 65 años.
  • Mínimo por descendientes: 2.400 euros por el primer hijo menor de 25 años conviviente, 2.700 por el segundo, 4.000 por el tercero y 4.500 a partir del cuarto.
  • Incremento por menores de 3 años: 2.800 euros adicionales por cada hijo menor de 3 años.
  • Mínimo por ascendientes: 1.150 euros si convives con mayores de 65 años con rentas inferiores a 8.000 euros.

El efecto del mínimo no es una deducción directa del importe a pagar, sino que se calcula la cuota que correspondería a ese mínimo aplicando los mismos tramos, y esa cuota se resta de la cuota íntegra. Es una distinción técnica importante que esta calculadora aplica correctamente.

Rendimientos del trabajo vs. actividades económicas vs. ahorro

No todas las rentas tributan igual. El IRPF distingue tres grandes categorías:

  • Rendimientos del trabajo: salarios, pensiones, prestaciones por desempleo. Se les aplica una reducción de 2.000 euros en concepto de gastos generales y, en algunos casos, la reducción por obtención de rendimientos del trabajo (para rentas inferiores a 19.747,50 euros).
  • Rendimientos de actividades económicas: ingresos de autónomos y profesionales. Tributan por la escala general pero con sus propias reglas de gastos deducibles según el método de estimación (directa normal, directa simplificada u objetiva por módulos).
  • Rentas del ahorro: intereses bancarios, dividendos, ganancias por venta de acciones o inmuebles. Tienen una escala propia con tipos más reducidos, desde el 19% hasta el 28%.

Ejemplo práctico: asalariado con 35.000 euros brutos

Situación: Carlos tiene un salario bruto anual de 35.000 euros, es soltero y no tiene hijos a cargo. Veamos cuánto paga de IRPF:

  1. Ingresos brutos: 35.000 euros
  2. Gastos deducibles (otros gastos): -2.000 euros
  3. Base imponible: 33.000 euros
  4. Mínimo personal: 5.550 euros
  5. Cuota por tramos (estatal + autonómico sumados):
    • Primeros 12.450 euros al 19% = 2.365,50 euros
    • De 12.450 a 20.200 euros (7.750 euros) al 24% = 1.860,00 euros
    • De 20.200 a 33.000 euros (12.800 euros) al 30% = 3.840,00 euros
  6. Cuota íntegra: 8.065,50 euros
  7. Cuota sobre mínimo personal: -1.054,50 euros
  8. Cuota total IRPF: 7.011,00 euros
  9. Tipo marginal: 30% (tramo de 20.200 a 35.200)
  10. Tipo efectivo: 20,03% (7.011 / 35.000)

Carlos paga un 20% efectivo de sus ingresos en IRPF, no el 30% que le correspondería por tipo marginal. Introduce tus datos en la calculadora de arriba para ver tu caso concreto.

Deducciones que pueden reducir tu factura fiscal

Además de los mínimos personales y familiares, existen deducciones en la cuota que pueden reducir significativamente lo que pagas:

  • Planes de pensiones: las aportaciones reducen la base imponible hasta un máximo de 1.500 euros anuales (o 8.500 euros incluyendo aportaciones empresariales).
  • Vivienda habitual: deducción del 15% con base máxima de 9.040 euros, solo para compras anteriores al 1 de enero de 2013.
  • Donaciones: las donaciones a entidades sin ánimo de lucro permiten deducir entre el 80% (primeros 250 euros) y el 40% del resto.
  • Deducción por maternidad: hasta 1.200 euros anuales por cada hijo menor de 3 años para madres trabajadoras.
  • Deducciones autonómicas: cada comunidad autónoma tiene sus propias deducciones por alquiler, gastos educativos, inversión en empresas de nueva creación, eficiencia energética, etc.

Consulta la web de la Agencia Tributaria para ver todas las deducciones aplicables a tu situación y comunidad autónoma.

Calendario fiscal del IRPF

La campaña de la Renta 2025 (que se declara en 2026) sigue este calendario:

  • Abril 2026: inicio de la campaña. Se puede presentar la declaración online desde el primer día hábil de abril.
  • Mayo 2026: apertura de citas para atención telefónica y presencial.
  • Junio 2026: último día para presentar la declaración (habitualmente el 30 de junio).
  • Pagos fraccionados: si el resultado es a ingresar, puedes fraccionar el pago en dos plazos (60% en junio y 40% en noviembre) sin intereses.

El borrador de la renta está disponible en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria desde el inicio de la campaña. Revísalo siempre antes de confirmarlo: el borrador no incluye todas las deducciones autonómicas ni situaciones especiales que podrían reducir tu cuota.

Errores frecuentes al calcular el IRPF

Los errores más comunes que cometen los contribuyentes al estimar su IRPF:

  1. Confundir tipo marginal con tipo efectivo: pensar que todo tu salario tributa al tipo del tramo más alto. Como hemos visto, solo la porción que cae en cada tramo tributa a ese tipo.
  2. Ignorar el mínimo personal y familiar: la primera franja de renta equivalente al mínimo queda efectivamente libre de impuestos.
  3. No declarar todas las rentas: los ingresos de segundos pagadores, alquileres, intereses bancarios o ventas de activos deben incluirse en la declaración.
  4. Olvidar deducciones autonómicas: muchas comunidades ofrecen deducciones generosas que el borrador de Hacienda no siempre recoge automáticamente.
  5. No aplicar la reducción por rendimientos del trabajo: los salarios inferiores a 19.747,50 euros tienen una reducción adicional que disminuye la base imponible.

Nota: esta calculadora ofrece una estimación orientativa basada en la normativa general del IRPF. Para una declaración vinculante, consulta con un asesor fiscal o utiliza el programa PADRE/Renta Web de la Agencia Tributaria.

Preguntas frecuentes

¿Qué es el IRPF y quién está obligado a pagarlo?

El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) es un tributo que grava la renta obtenida por los residentes fiscales en España durante un año natural. Están obligados a declarar quienes superen los 22.000 euros brutos anuales con un solo pagador, o los 15.000 euros con dos o más pagadores cuando el segundo supere los 1.500 euros.

¿Cuál es la diferencia entre tipo marginal y tipo efectivo?

El tipo marginal es el porcentaje que se aplica al último euro que ganas, es decir, el tramo más alto que alcanza tu base liquidable. El tipo efectivo es el porcentaje real que pagas sobre el total de tus ingresos. Por ejemplo, con 35.000 euros brutos el tipo marginal es del 30% pero el tipo efectivo ronda el 15-17%, porque los primeros tramos tributan a tipos más bajos.

¿Los tramos del IRPF son iguales en todas las comunidades autónomas?

No. La cuota del IRPF se divide en dos partes: estatal y autonómica. Los tramos estatales son comunes para toda España, pero cada comunidad autónoma puede modificar sus tramos y tipos. Esta calculadora usa los tipos autonómicos medios. Si necesitas el cálculo exacto para tu CCAA, consulta la normativa autonómica vigente.

¿Qué es el mínimo personal y familiar?

El mínimo personal y familiar es la parte de la renta que no se somete a tributación por destinarse a satisfacer las necesidades básicas del contribuyente y su familia. En 2026, el mínimo personal general es de 5.550 euros. Se incrementa por descendientes menores de 25 años (2.400 euros el primero, 2.700 el segundo, 4.000 el tercero y 4.500 los siguientes) y con un incremento adicional de 2.800 euros por cada hijo menor de 3 años.

¿Cómo tributan las rentas del ahorro en el IRPF?

Las rentas del ahorro (dividendos, intereses bancarios, ganancias patrimoniales por venta de acciones o inmuebles) tributan en una escala separada de la renta general. Los tramos del ahorro en 2026 van desde el 19% para los primeros 6.000 euros hasta el 28% para importes superiores a 300.000 euros. Son tipos más bajos que los de la renta del trabajo.

¿Puedo reducir mi cuota de IRPF legalmente?

Sí. Existen deducciones y reducciones legales como: aportaciones a planes de pensiones (máximo 1.500 euros anuales), deducción por inversión en vivienda habitual (solo para compras anteriores a 2013), deducciones autonómicas, donaciones a ONGs y fundaciones, o la deducción por maternidad. Consulta con un asesor fiscal para optimizar tu declaración.