Calculadora de Embargo de Nómina 2026

Actualizado:

SMI 2026: 1424,50 €/mes (en 12 pagas)

¿Cómo se calcula el embargo de nómina?

Te han notificado un embargo y necesitas saber cuánto van a retener de tu sueldo cada mes. Esta calculadora aplica los tramos del artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) con el SMI actualizado a 2026, y te muestra el desglose exacto por tramos: cuánto es inembargable, cuánto te pueden retener y cómo se reparte por cada escalón.

El principio fundamental es claro: la parte de tu salario que no supere el SMI es intocable. Nadie puede embargarte por debajo de ese umbral, independientemente de cuánto debas. Sobre el exceso se aplican porcentajes progresivos, de forma que quien más cobra, más porcentaje puede perder.

Los tramos de embargo del artículo 607 LEC

El artículo 607 de la LEC establece los siguientes porcentajes sobre el exceso del SMI:

  • 1x - 2x SMI: se embarga el 30% del exceso.
  • 2x - 3x SMI: se embarga el 50% de esa franja.
  • 3x - 4x SMI: se embarga el 60%.
  • 4x - 5x SMI: se embarga el 75%.
  • Más de 5x SMI: se embarga el 90%.

Estos tramos son acumulativos, igual que los del IRPF. Si tu salario cae en el tercer tramo, no se aplica el 60% a todo el exceso, sino solo a la parte que corresponde a ese tramo. Los tramos anteriores se calculan con sus porcentajes respectivos.

SMI 2026: la base de cálculo

El Salario Mínimo Interprofesional para 2026 es de 1.221 EUR mensuales en 14 pagas. Para el cálculo de embargos, cuando se trabaja con nóminas de 12 pagas, se usa el equivalente prorrateado: 1.424,50 EUR/mes. Esta es la cantidad mínima que cualquier trabajador tiene garantizada como inembargable.

Ejemplo práctico

Situación: Pedro cobra 2.500 EUR netos al mes (12 pagas) y no tiene cargas familiares.

  • Inembargable (SMI): 1.424,50 EUR
  • Exceso sobre SMI: 2.500 - 1.424,50 = 1.075,50 EUR
  • Tramo 1 (30%): sobre 1.424,50 EUR (desde 1x hasta 2x SMI) = 427,35 EUR
  • Pedro no llega al 2x SMI (2.849 EUR), así que solo tributa en el primer tramo.
  • Total embargable: 427,35 EUR/mes
  • Le quedan: 2.072,65 EUR/mes

Cargas familiares: reducción de los tramos

El apartado 4 del artículo 607 LEC permite al tribunal reducir entre un 10% y un 15% los porcentajes de embargo cuando el ejecutado acredita que tiene cargas familiares. Esto significa que los tramos pasan a ser, con la reducción estándar del 10%:

  • 1x - 2x SMI: 20% (en lugar de 30%)
  • 2x - 3x SMI: 40% (en lugar de 50%)
  • 3x - 4x SMI: 50% (en lugar de 60%)
  • 4x - 5x SMI: 65% (en lugar de 75%)
  • Más de 5x SMI: 80% (en lugar de 90%)

Para solicitar esta reducción debes presentar documentación al juzgado: libro de familia, certificado de empadronamiento, declaración de la renta del cónyuge, etc. El juez decide el porcentaje exacto de reducción según tu situación.

¿Qué deudas pueden dar lugar a embargo de nómina?

Cualquier deuda reconocida judicialmente o por la administración puede dar lugar a un embargo:

  • Deudas con Hacienda (AEAT): impagos de IRPF, IVA o sanciones tributarias.
  • Deudas con la Seguridad Social: cuotas impagadas de autónomos o empresas.
  • Préstamos impagados: cuando el acreedor obtiene sentencia judicial.
  • Pensiones alimenticias: tienen un régimen especial (pueden embargar incluso por debajo del SMI).
  • Multas y sanciones administrativas: tráfico, ayuntamientos, etc.

Embargo por pensión alimenticia: la excepción

Las deudas por pensiones alimenticias tienen un tratamiento especial. El artículo 608 de la LEC establece que, en estos casos, el tribunal puede ordenar el embargo incluso por debajo del SMI, garantizando únicamente un mínimo de subsistencia para el deudor. Es la única deuda que puede reducir tu salario por debajo del umbral inembargable.

¿Qué hacer si te embargan la nómina?

  1. Verifica que el cálculo es correcto: usa esta calculadora para comprobar que la retención se ajusta a los tramos legales. Si no es así, puedes impugnarlo ante el juzgado.
  2. Acredita cargas familiares: si las tienes, solicita al juzgado la reducción de los porcentajes aportando la documentación necesaria.
  3. Negocia con el acreedor: en muchos casos es posible llegar a un acuerdo de pago que sustituya el embargo por cuotas voluntarias más manejables.
  4. Consulta con un abogado: especialmente si tienes varias deudas embargadas simultáneamente, ya que existe un límite de acumulación de embargos.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto me pueden embargar de la nómina?

Depende de tu salario neto mensual. La parte que no supere el SMI (1.424,50 EUR/mes en 12 pagas en 2026) es totalmente inembargable. Sobre el exceso se aplican tramos progresivos: 30% del primer tramo (1x-2x SMI), 50% del segundo (2x-3x SMI), 60% del tercero (3x-4x SMI), 75% del cuarto (4x-5x SMI) y 90% del resto que supere 5 veces el SMI.

¿Qué es el SMI y por qué es importante para los embargos?

El SMI (Salario Mínimo Interprofesional) es la cantidad mínima que un trabajador puede cobrar legalmente. En 2026 es de 1.221 EUR/mes en 14 pagas o 1.424,50 EUR/mes en 12 pagas. El artículo 607 de la LEC establece que la parte del salario equivalente al SMI es inembargable, garantizando un mínimo vital para el trabajador.

¿Qué son las cargas familiares y cómo afectan al embargo?

Las cargas familiares incluyen hijos menores a tu cargo, familiares dependientes, o cónyuge sin ingresos propios. El artículo 607.4 de la LEC permite al tribunal reducir entre un 10% y un 15% los porcentajes de embargo cuando el ejecutado acredita cargas familiares. Esta calculadora aplica una reducción del 10% por tramo como referencia general.

¿Me pueden embargar la paga extra?

Sí. Las pagas extraordinarias son salario y, por tanto, están sujetas a embargo. Si tus pagas están prorrateadas, ya están incluidas en tu nómina mensual. Si cobras 14 pagas, el embargo se calcula sobre cada paga individualmente, aplicando los mismos tramos del artículo 607 LEC.

¿Qué ingresos no se pueden embargar nunca?

Son inembargables: las prestaciones por alimentos, las pensiones no contributivas que no superen el SMI, las ayudas por dependencia y las prestaciones por muerte o incapacidad derivadas de actos terroristas. También son inembargables los bienes de primera necesidad recogidos en el artículo 606 LEC (mobiliario básico, ropa, alimentos, libros e instrumentos de trabajo).

¿Cuánto tiempo puede durar un embargo de nómina?

El embargo se mantiene hasta que la deuda quede completamente saldada, incluyendo intereses y costas judiciales. No hay un plazo máximo legal. Si tus circunstancias cambian (pierdes el empleo, tu salario baja), puedes solicitar al juzgado la modificación o suspensión del embargo.